Marco legal Ambiental
La legislación ambiental o derecho ambiental, es un complejo conjunto de tratados,
convenios, estatutos, reglamentos, y el derecho común que, de manera muy amplia, funcionan para regular la interacción de la humanidad y el resto de los componentes biofísicos o
el medio ambiente natural, hacia el fin de
reducir los impactos de la actividad humana, tanto en el medio natural y en la humanidad.
Como surge la legislacion Ambiental
La legislación ambiental surge de la necesidad de responder ante la sociedad a los problemas
ambientales que
se presentan, ya que el hombre de siempre ha pretendido dominar la
naturaleza. El
instruir e inducir al ser humano para que
modere su comportamiento con el fin de proteger la vida, es tarea de la educación, pero exigir ese comportamiento
a través de la norma y la coacción son propios del derecho.
El Derecho Ambiental se desarrolló como lógica respuesta a la necesidad de explotar los recursos naturales en un marco de racionalidad, aprovechamiento sostenible y
protección del ambiente. Su evolución ha sido rápida y
progresiva, incorporándose paulatinamente en todas las ramas jurídicas y
adquiriendo, a su vez, autonomía propia como
disciplina vinculada con casi todas las ciencias
¿Que es una norma ambiental?
La norma es el modo como se concibe y expresa el derecho ambiental, es decir; se refiere a una regla d e conducta “obligatoria” o no, que se proporciona para un uso racional y sustentable de los rec ursos naturales y el medio ambiente.![Resultado de imagen para normativa ambiental](https://image.slidesharecdn.com/normatividadambiental-120228122910-phpapp01/95/normatividad-ambiental-17-728.jpg?cb=1330432633)
C.N
Constitución Nacional (1999)
Art. 127, 128 y 129.
Establece un capítulo especialmente dedicado a los derechos
Ambientales supera con visión sistemática o de totalidad, la concepción
de la denominación del término conservación clásica, que sólo procuraba la
protección de los recursos naturales.
Sigue una tendencia mundial: políticas ambientales de amplio alcance (tratados internacionales)
Actualmente:
La protección ambiental tiene por objeto garantizar
un desarrollo ecológico, social y económicamente sustentable, y que el uso de
los recursos por parte de las presentes generaciones, no comprometa, el patrimonio
de las futuras.
Leyes Organicas
- Hecho jurídico de avanzada
Estableció los
lineamientos para la acción del Estado destinada a la protección jurídica de
los bienes considerados como valores ambientales esenciales a la existencia y
desarrollo de la población. No fue suficientemente eficaz en sancionar
infracciones, por lo cual se promulga la
Ley Penal del
Ambiente.
- Se desarrolla en tres (3) áreas:
-Planificación
ambiental
-Establece los
ilícitos ambientales y sus sanciones
-Crea los
organismos que a nivel nacional han de velar por la conservación del ambiente
LEY PENAL DEL
AMBIENTE (1992)
Surge por mandato
de la Ley Orgánica del Ambiente, a fin de garantizar la participación de los
bienes jurídicos tutelados por dicha ley: conservación, defensa y mejoramiento
del ambiente.
Asume el concepto
de ambiente como una totalidad, interdependiente que permite el desarrollo de
la vida, formando parte de los recursos naturales, ubicado entre los objetivos
primordiales del estado y la sociedad
Principales
delitos contemplados:
•Daños a las aguas.
•Daños de la salud, fauna y
flora marinas y desarrollo turístico.
•Daños a los suelos,
topografía y paisaje.
•Alteraciones de la
atmósfera o el aire.
•Daños a la flora, la fauna
o a las ABRAE
•Transformación y mezclas de
desechos tóxicos y peligrosos que contaminen el ambiente.
•Omisión de EIA
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LEY ORGÁNICA DE
ORDENACIÓN DEL TERRITORIO (1983)
Regular la planificación
y ordenación del territorio cuyo objeto primordial es establecer los
lineamientos que regirán el proceso de ordenación del territorio, conforme a la
estrategia de desarrollo económico y social a largo plazo de la Nación.
Señala entre los instrumentos básicos de la ordenación del territorio:
•El plan nacional de ordenación del
territorio
•Planes regionales o estadales de ordenación
del territorio
•Planes sectoriales
•Planes de ordenación urbanística
•
Planes de las áreas bajo
régimen de administración especial
(ABRAE)
•
Otras que demande el proceso y
ley forestal de suelos y de aguas y su reglamento
LEY FORESTAL DE
SUELOS Y AGUAS (1966)
La deforestación,
la tala de vegetación alta o mediana, las rozas y quemas, desmontes y cualquier
otra actividad que implique destrucción de la vegetación, así como también la
explotación de productos
forestales en terrenos ejidos o de propiedad privada, no
podrán efectuarse sin previa autorización
Reglamentos
Decreto 1.257:
Normas sobre
Evaluación Ambiental de Ambiental de actividades
susceptibles de degradar al ambiente (1996) actividades
•Define
los términos más importantes (EIA, EAE, TR,
Seguimiento,
Supervisión, Ampliación, etc.)
•Establece
diferencias entre EIA, EAE y Presentación de
Recaudos
y define cuáles proyectos requieren EIA y EAE.
•Establece
el contenido requerido en cada uno de los documentos (DI, TR, EIA, EAE)
•Define
requerimientos de las consultoras ambientales y responsabilidades
RESOLUCIÓN 056
•Establece los
recaudos necesarios que deben presentarse a los fines de la evaluación
ambiental de los proyectos mineros y de hidrocarburos, de conformidad con lo
establecido en el Decreto Nº 1.257, Art. 16.
Establece los
contenidos de los siguientes documentos:
–Cuestionario
ambiental para minería (CA) a ser presentado para la tramitación de AOT
–Solicitud de
AARNR en la fase de exploración minera
–Plan de
supervisión de desarrollo de la actividad
–Solicitud de
AOT para la exploración y producción de hidrocarburos
–Solicitud de
AARNR para la prospección sísmica de la fase de exploración de hidrocarburos
Solicitud
de AARNR en la fase de exploración minera
–Identificación
del solicitante
–Programa
exploratorio
–Cuantificación
de recursos a afectar
–Descripción
del área a explorar
–Identificación
de impactos
–Plan de
mitigación y recuperación
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